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¿Cuál es el rol jugado por las autoridades
municipales y provinciales hasta el momento?
El proyecto ha avanzado y logrado un
primer consenso en la población mediante las promesas de trabajo
y de prosperidad pero con el sistemático ocultamiento de las reales
consecuencias ambientales, sin hablar de las sociales y económicas.
Nuestras autoridades, acosadas por la angustiante realidad social, no han
tenido mejor idea que echar mano de esta soga cargada de veneno, para sostenerse
un poco más ante la opinión pública y aumentar sus
chances electorales; en lugar de actuar en forma imparcial y de fiscalizar
el emprendimiento, como corresponde a gobernantes electos, se han hecho
voceros y principales difusores de la propaganda de la empresa, limitando
y marginando al mismo tiempo las voces disonantes.
-
El director de Minería de la provincia, Ing. Guillermo Hughes se
mueve en todo momento más como socio de la empresa que como funcionario
público. En el mes de julio se creó por ordenanza municipal
una Comisión de Control del emprendimiento minero, en la cual, curiosamente
también participa el mencionado director de Minería de la
Provincia.
-
El señor Rafael Williams, intendente de Esquel, y sus colaboradores
inmediatos, se han arrogado el derecho de definir el destino de esta
comunidad como pueblo minero, cuando apenas un año atrás
este pueblo se pronunció por un futuro vinculado principalmente
al turismo y a la actividad forestal y otras complementarias (Esquel SEAS:
Plan Participativo de Desarrollo Local Social, Económica y Ambientalmente
Sustentable). Por este viraje del ejecutivo, colaboradores que no se prestaron
al circo, han sido acosados y finalmente “reubicados”.
-
El Gobierno de Chubut ignora sistemáticamente las leyes y acuerdos
en vigencia para los territorios aborígenes, autorizando la realización
de actividades de exploración minera, sin consulta previa (obligatoria)
a las comunidades (Convenio Nº 169 de la Organización Internacional
del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales, Ratificado por nuestro
país y vigente por Ley Nacional Nº 24.071). Por ejemplo, la
Comunidad de Huisca Antieco presentó un recurso de amparo a la Dirección
de Minas por otorgar permisos sin haber sido consultada. Al presente la
areas concesionadas incluyen por lo menos tres comunidades
aborígenes.
